Acreedor- El que tiene derecho al cobro de una deuda o al
cumplimiento de una obligación.
Acreedor preferente- Acreedor con derecho a
cobro privilegiado en un procedimiento ejecutivo o concursal.
Activos financieros- Cualquier título-valor
o documento representativo de un derecho económico frente al emisor de
dicho título y reembolsable en unidades monetarias.
Adjudicación- Declaración, por
lo general mediante sentencia judicial, de que una cosa corresponde a una persona,
o se le confiere en satisfacción de algún derecho.
AEB- Asociación Española de Banca
Privada.
AHE- Asociación Hipotecaria Española.
Amortización- Reducción, generalmente
periódica, del importe de un deuda, o del valor de un bien.
Amortización Americana- Consiste en pagar
los intereses de la deuda en un determinado número de períodos
y el principal en el último período.
Amortización constante o francesa- Consiste
en destinar una cantidad uniforme para cada período de amortización
incluyendo capital e intereses.
Amortización creciente o progresiva- Amortización por una cuantía que siempre es superior a la precedente.
Amortización decreciente o regresiva- Amortización por una cuantía que siempre es inferior a la precedente.
Amortización parcial de cuantía
constante de capital- Amortización constante en la que no se incluyen
los intereses, gastos y comisiones.
Análisis de riesgos- Estudio minucioso
de los distintos factores que intervienen en los riesgos bancarios, con el fin
de minimizar el índice de morosidad y optimizar su rentabilidad.
Arras- Cantidad de dinero que se da en garantía
o como adelanto del precio a al celebrar un contrato, en especial de compraventa.
A.S.N.E.F.- Se trata de un registro de las cuotas
impagadas a entidades de crédito.
Aval- Compromiso que adquiere con su firma una
persona, al obligarse subsidiariamente, ante el cumplimiento de una obligación
económica de otra que es deudora principal.
BCE- Banco Central Europeo.
Bienes privativos- Son bienes particulares o
pertenecientes a una persona. En la sociedad de gananciales, aquellos bienes
que pertenecen a uno de los cónyuges y que así consta expresamente
para diferenciarlos de la masa ganancial.
Bonos hipotecarios- Títulos hipotecarios
emitidos por entidades financieras que operan en el mercado hipotecario. Este
tipo de títulos no pueden ponerse en circulación mientras no se
hayan anunciado se emisión en el BOE, se lleve a cabo la inscripción
de la escritura en le Registro Mercantil y extendido en el Registro de las Propiedades
las notas de afectación de los créditos hipotecarios.
Broker- Persona física o jurídica
que generalmente opera por cuenta de los clientes de los que es mandatario.
Cancelación anticipada- Acto por la que
un documento, apunte, instrumento financiero, etc.., queda extinto antes de
su vencimiento. En un banco, se dice cuando una operación se cancela
por distintas razones antes de la fecha registrada como vencimiento.
Cancelación simultánea- Cláusula
de un contrato de crédito por la que se establece que el incumplimiento
por parte de una sociedad de alguno de los créditos que posea, lo hace
a todos cancelables al mismo tiempo.
Capacidad de endeudamiento- Estimación
cuantitativa de crédito de una persona o empresa, o nivel de endeudamiento
que puede soportar, teniendo en cuenta su patrimonio o ingresos habituales.
Carencia- En un préstamo o crédito,
término que designa el período en el que el beneficiario está
exento de cumplir el plan de amortización del principal o pago de intereses.
Carta de pago- Documento expedido por un acreedor
en el que manifiesta haber recibido la cantidad de dinero debida por su deudor.
CECA- es la media de los tipos aplicados a préstamos
personales entre uno y tres años y de los préstamos hipotecarios
a más de 3 años
Cédula hipotecaria- Título en
el que se reconoce una obligación o deuda afecta a una hipoteca. Títulos
emitidos con la garantía de inmuebles por la sociedad emisora.
CIRBE-Certificación de obras- Documento que
puede ser descontado por los bancos, mediante el cual se afirma que se ha ejecutado
una parte de un plan de construcción y muestra la conformidad al libramiento
de recursos a favor del constructor.
Cesión de créditos- Operación
financiera mediante la cual el acreedor de un crédito transmite una parte
o el total del mismo a un tercero.
Cláusula resolutoria- Disposición
que previene o motiva la ineficacia de un contrato en el caso de no cumplir
alguna de las partes las obligaciones para ellas estipuladas.
Comité de riesgos- En una institución
financiera, órgano colectivo responsable de decidir sobre la concesión
de un crédito o préstamo, o tomar un riesgo de firma.
Corredor de comercio- Funcionario cuyo oficio
es intervenir con carácter de notario, si está colegiado, en la
negociación de letras u otros valores endosables, en los contratos de
compraventa de efectos comerciales y en los seguros.
Credit scoring- Sistema automático y
objetivo de análisis de peticiones de crédito, basado en un modelo
estadístico de análisis multivariante, generalmente dirigido al
consumo y de baja cuantía.
Crédito al consumo- Es el crédito
concedido por las instituciones financieras a las personas físicas para
fines no empresariales. Generalmente se utiliza para la adquisición de
bienes de consumo. La garantía suele ser personal.
Crédito blando- Crédito concedido
en condiciones de plazo y tipo muy favorables para el que lo recibe.
Crédito confirmado- Modalidad de crédito
documentario irrevocable en la que el banco avisador asume ante el beneficiario
los compromisos del crédito, igualmente que el banco emisor.
Crédito documentario- Operación
por la que un banco pone a disposición de un beneficiario un determinado
importe, utilizable necesariamente contra la entrega de determinados documentos
y el cumplimiento de distintos requisitos.
Crédito hipotecario- Crédito concedido
a particulares o promotores para la adquisición de viviendas, compra
de terrenos, hoteles o naves, que quedan hipotecadas.
Crédito personal- Es el que se concede
con la base de la confianza que inspira el acreditado o beneficiario.
Cuenta de ahorro vivienda- Cuenta de ahorro
cuyo saldo está destinado exclusivamente a la adquisición, construcción,
ampliación o rehabilitación de la vivienda habitual del cliente.
Declaración de bienes- Documento que
le Banco solicita a un cliente, donde debe detallar su situación patrimonial,
ingresos, pagos, etc. Normalmente para el estudio de una operación crediticia.
Demora- Tiempo que media entre el vencimiento
de una obligación y su pago.
Descubierto- Saldo deudor en una cuenta corriente
producido por haberse autorizado a disponer por mayor cuantía que el
saldo existente.
Descuento comercial- Anticipo del importe de
un título de crédito que supone un riesgo y devenga intereses.
Operación bancaria de anticipación del importe de efectos de comercio
antes de su vencimiento.
Diferencial- Prima que se añade al tipo
de interés de referencia.
Dinero barato- Se dice cuando el tipo de interés
aplicado para la obtención de un crédito es bajo.
Efecto financiero- El que se formaliza para
instrumentar una operación crediticia. Letra de cambio en la que se formaliza
un préstamo bancario.
Efecto impagado- Efecto que no ha sido reembolsado
a su vencimiento.
Ejecutar- Referido al ámbito jurídico,
proceder directamente contra el deudor realizando las garantías y enajenación
de bienes embargados para satisfacer al acreedor.
Ejecutivo- Procedimiento por vía judicial
que tiene como base los derechos de crédito que constan en determinados
títulos o documentos de tráfico mercantil y civil, o que se constituyan
o integren por confesión de deuda o reconocimiento de firma. El juez
dicta orden de pago contra el deudor y, simultáneamente, para el caso
de no realizarse éste, una orden de embargo de bienes del mismo, a fin
de asegurar la efectividad de la sentencia que recaiga.
Embargo- Retención o intervención
por orden judicial de los bienes de un deudor, sujetos al cumplimiento de una
obligación.
Embargo preventivo- Es el que, decretado en
virtud de mandamiento judicial, prohíbe que determinados bienes de un
deudor salgan de su patrimonio hasta la completa resolución de un procedimiento
judicial.
Escritura pública- Documento público,
firmado pro notario o funcionario con atribuciones legales, que da fe del mismo.
Euribor 1 año- media simple de los tipos
de interés diarios, aplicados para las operaciones cruzadas al plazo
de 1 año, en el mercado de depósitos interbancarios de la zona
de la Unión Monetaria, entre las 64 entidades financieras con mayor nivel
de negocio.
Extracto de cuenta- Resumen o estado de las
cuentas que periódicamente remiten los bancos a sus clientes titulares
y que recogen datos de las mismas: movimientos al Debe y Haber, fechas, valoraciones
y conceptos.
Gananciales- Figura jurídica que designa
un tipo de régimen económico matrimonial en el cual los bienes
adquiridos pertenecen por igual a ambos cónyuges. “Mediante la
sociedad de gananciales se hacen comunes para el marido y la mujer las ganancial
o beneficios obtenidos indistintamente por cualquiera de ellos que le serán
atribuidos por mitad al disolverse aquélla.
Hipoteca- Derecho real constituido en garantía
de una obligación sobre inmueble. Derecho real constituido en garantía
de una obligación principal, en general sobre bienes inmuebles, que esencialmente
concede al acreedor hipotecario la facultad de enajenar las cosas hipotecadas
una vez vencida y no satisfecha la obligación garantizada. Actualmente,
se admite la constitución de hipotecas mobiliarias sobre determinados
bienes. Por tanto, las hipotecas son garantías tangibles que dan cobertura
a operaciones de Activo de los bancos que por su cuantía, duración
o cualquier otra causa, suponen riesgos considerables. El bien hipotecado queda
afecto a la obligación que garantiza. Aunque el bien cambie de dueño,
va a seguir garantizando la obligación.
Hipotecante- Se dice de la persona física
o jurídica que constituye hipoteca en garantía de una deuda contraída.
Inscripción- Anotación o asiento
que se hacen en los libros oficiales.
Interés- Precio pagado por un préstamo
o imputado al uso de dinero durante un período de tiempo.
Interés de demora- Es el producido por
el retraso del pago de una deuda.
Interés fijo- El que permanece invariable
hasta el vencimiento de la operación.
Interés legal- Aquel que sirve para determinar los costes adicionales
derivados de la demora en el pago de impuestos u otras obligaciones con al Administración.
Se establece anualmente en la ley de Presupuestos Generales del Estado.
Interés preferencial- Es el que una entidad
financiera está dispuesta a aplicar a sus mejores clientes.
Interés real- Tipo de interés
resultante de restar el rendimiento de una inversión la tasa de inflación.
Interés variable- El que oscila durante
la vigencia de la operación respecto de otros tipos de referencia generalmente
aceptados en el mercado.
Intermediarios financieros- Conjunto constituido
por las entidades financieras, que actúan de mediadores en el mercado
de activos. Entidades que actúan de vínculo entre los que poseen
capital para invertir y los que demandan recursos.
IRPH de Bancos- tipo medio de los préstamos
hipotecarios a más de 3 años, para adquisición de vivienda
libre, concedidos por los bancos.
IRPH de Cajas- tipo medio de los préstamos
hipotecarios a más de 3 años, para adquisición de vivienda
libre, concedidos por las Cajas.
IRPH del Conjunto de Entidades- tipo medio de
los préstamos hipotecarios a más de 3 años, para la adquisición
de vivienda libre, concedidos por el conjunto de entidades de crédito.
LIBOR- (London Interbank Offered Rate). Tipo
de interés interbancario ofertado en el mercado de Londres.
MIBOR- (Madrid Interbank Offered Rate). Tipo
de interés interbancario negociado en el mercado de Madrid.
Participación hipotecaria- Parte de un
crédito hipotecario que el tenedor del mismo cede a otra persona con
todas sus consecuencias.
Plusvalía- Incremento del valor de un
bien. Beneficio obtenido cuando se vende una activo a un precio superior al
de su adquisición.
Poder notarial- Escritura pública por
la que una persona física o jurídica concede a otra la facultad
de actuar en su nombre y por su cuenta. El poder otorgado podrá ser “especial”
para actos o representaciones concretas, o de tipo general, que abarca el conjunto
de negocios o asuntos poderdante.
Póliza de crédito- Contrato que
recoge las cláusulas generales y particulares a las que han de atenerse
las partes intervinientes, prestamista y prestatario, en la concesión
de un crédito. Puede afirmarse que le crédito es un instrumento
fundamental en la vida de los negocios.
Prestamista- Se dice de quien da dinero a préstamo
con interés. El concesionario de un préstamo.
Préstamo- De modo muy general, es la
entrega de bienes de una persona a otra, con la obligación de su devolución,
en la fecha y forma en que se haya fijado el acuerdo. En el ámbito financiero,
operación por la que un banco entrega una suma de dinero a un cliente
durante un cierto tiempo, con la obligación de su devolución al
finalizar los plazos convenidos según contrato.
Préstamo en divisas- El que se formaliza
en moneda distinta a la nacional.
Préstamo multidivisas- Se dice del préstamo
que puede ser utilizado en cualquiera de las monedas indicadas en el contrato.
Prestatario- Beneficiario de un préstamo.
Persona que recibe dinero en préstamo, con la obligación de devolverlo
en el plazo previsto.
Principal- Importe o cuantía nominal
de un documento mercantil, préstamo o crédito, sobre el que se
calculan los intereses.
Quita y espera- Petición formal que realiza
el deudor insolvente a sus acreedores, con anterioridad a la presentación
del concurso, para que éstos acepten la reducción de sus créditos
(quita) o aplazamientos de pago (espera), o ambas cosas a la vez. El deudor
intenta con ello paliar la inmediatez de obligaciones de pago imposibles de
realizar.
RAI- (Registro de Aceptaciones Impagadas). Se
trata de un registro que tiene una vigencia de cinco años, en que aparecen
todas las letras domiciliadas y aceptadas con importes superiores a 600 €,
que han sido devueltas por personas físicas o jurídicas.
Refinanciación- Sustitución de
un crédito o préstamo por otro distinto con diferentes condiciones.
Registro de la propiedad- Oficina pública
en la que se inscriben o anotan los actos y contratos relativos al dominio y
demás derechos reales sobre bienes inmuebles.
Separación de bienes- Régimen
económico matrimonial caracterizado por la separación jurídica
de los bienes patrimoniales de los cónyuges.
Subrogar- En préstamos hipotecarios,
cambio de beneficiario, deudor, banco o persona obligada a amortizar el principal.
T.A.E- (Tasa anual equivalente). Es el tipo
anual efectivo que señala de forma precisa el coste del dinero tomado
a crédito o prestado. En él se incluye el tipo de interés
nominal más el recargo resultante de la frecuencia de pago de intereses.
Tasación- Determinación del precio
de un bien, por lo general un inmueble, realizada por un perito.
Usufructo- Derecho a uso y disfrute de bienes
ajenos con obligación de no alterar su forma o sustancia.
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